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Proyectos de ley/Boletín 18539-21 · Moción (parlamentaria) · Origen: Senado

Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de tipificar nuevos delitos en el sector pesquero y de regular técnicas especiales de investigación

En tramitación Ingresó el 4 de agosto de 2026, hace 2 meses

¿Dónde está ahora?

Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura, Senado, desde hace 2 meses (62 días).

Inferido del último trámite registrado. La agenda sale de las citaciones y tablas que publica cada cámara.

Etapas de la tramitación

Primer trámite
Segundo trámite
Tercer trámite
Comisión Mixta
Tribunal Constitucional
Ley publicada

Etapa actual según el Senado: Primer trámite constitucional (Senado), primer informe de comisión de intereses marítimos, pesca y acuicultura.

Un proyecto pasa por la cámara de origen (primer trámite) y por la revisora (segundo). Si esta lo modifica, vuelve a la de origen (tercero); si una cámara rechaza lo que aprobó la otra, puede ir a una Comisión Mixta1. Luego el Presidente lo promulga, o lo veta, y se publica en el Diario Oficial23. Cómo nace una ley.

Historia de tramitación · 3 trámites, los más recientes primero

Primer trámite constitucional
19/08/2026SenadoLa Sala acuerda refundir refundir los proyectos de ley correspondientes a los Boletines N° 18.371-21 y 18.539-21
05/08/2026SenadoCuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura y a Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento
04/08/2026SenadoIngreso de proyecto.

Texto original · Boletín 18539-21

Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de tipificar nuevos delitos en el sector pesquero y de regul…

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Fuentes

  1. ↑ Constitución Política de la República de Chile (texto refundido, Decreto 100 de 2005), arts. 69 a 71. Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile), texto vigente al 16 abr 2026. Ver fuente ↗ Consultado el 26 sep 2026.
  2. ↑ Constitución Política de la República de Chile (texto refundido, Decreto 100 de 2005), arts. 72 a 75. Ver fuente ↗
  3. ↑ Código Civil (texto refundido, DFL 1 de 2000), art. 7. Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile), texto vigente al 28 ago 2025. Ver fuente ↗ Consultado el 26 sep 2026.

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